Actividad Parlamentaria

Parlamento Vasco

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Aplicación del DECRETO 159/2012, de 24 de julio, por el que se regula la apertura y reutilización de las aplicaciones informáticas de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. (SOFTWARE LIBRE)

Doña Miren Gallástegui Oyarzábal, parlamentaria del Grupo Socialistas Vascos- Euskal Sozialistak al amparo del vigente Reglamento de la Cámara tiene el honor de presentar la siguiente PREGUNTA PARA SU RESPUESTA POR ESCRITO al Consejero de Economía y Hacienda relativa a la aplicación del DECRETO 159/2012, de 24 de julio, por el que se regula la apertura y reutilización de las aplicaciones informáticas de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. (SOFTWARE LIBRE)
 
JUSTIFICACIÓN
 
El 23 de agosto de 2012 se publicó en el BOPV el DECRETO 159/2012, de 24 de julio, por el que se regula la apertura y reutilización de las aplicaciones informáticas de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que supuso un enorme avance en la inclusión de la política del software libre.
 
En dicho Decreto, en concreto en su artículo 4, Directorio de Aplicaciones Informáticas de Fuentes Abiertas preveía que a fin de facilitar la reutilización de las aplicaciones informáticas, se crea el Directorio de Aplicaciones Informáticas de Fuentes Abiertas de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que será de acceso libre, público y gratuito a través de internet. Dicho directorio será gestionado por la dirección competente en materia de presencia de la Administración Pública de la Comunidad de Euskadi en Internet.
 
Directorio que se encuentra alojado en Open Data Euskadi y que está enlazado con el Centro de Transferencia de Tecnología de la Administración General del Estado y con cualquier otro Directorio de propósito similar.
 
En aras a conocer la aplicación de este y en el ejercicio de la labor de control formulamos las siguientes preguntas:
 

¿Cuántas aplicaciones se han liberado en dicho Directorio? ¿Cuáles son dichas aplicaciones y cuál es su propósito?
¿Cuáles de las anteriores han sido abiertas para su reutilización a petición de los particulares y cuales a iniciativa de la propia Administración?
¿Se ha negado la apertura de alguna aplicación? ¿Cuáles han sido las razones para ello?
¿Se ha realizado algún tipo de seguimiento de las entidades públicas o particulares que han utilizado dichos códigos abiertos? Si no se ha realizado, ¿Por qué? Y si se ha realizado ¿Cuáles han sido los resultados de dicho seguimiento? 

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