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ENMIENDA A LA TOTALIDAD al Proyecto de Ley de Patrimonio Documental y Sistema de Archivos de Euskadi (10910023)

Jon Azkue Manterola, parlamentario del Grupo “Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak”, al amparo del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA A LA TOTALIDAD al Proyecto de Ley  de Patrimonio Documental y  Sistema de Archivos de  Euskadi (10910023)
JUSTIFICACIÓN
El Grupo Parlamentario “Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak” solicita la devolución al Gobierno del Proyecto de Ley de Patrimonio Documental y  Sistema de Archivos de Euskadi por ser un texto incoherente con otras leyes y otras propuestas legislativas en tramitación, renunciar a la plena transparencia con un insuficiente  tratamiento al  derecho de acceso de los ciudadanos a los documentos, y carecer de las mínimas bases de coordinación entre todos los archivos existentes en Euskadi, con independencia de su ubicación  geográfica, ámbito competencial, adscripción administrativa o  titularidad, de forma que viene a consolidar el modelo de dispersión de recursos públicos que los socialistas consideramos necesario reordenar para ganar en eficacia y eficiencia. 
Las modificaciones parciales que se pudieran plantear en la tramitación parlamentaria, por lo tanto, supondrían en la práctica una reelaboración que consiguiera un marco legal que optimice los  recursos  existentes, aprovechando las  infraestructuras ya  creadas  y  facilitando la  cooperación entre  distintos  tipos  de archivos. Esa ha sido la línea de las alegaciones realizadas por los distintos profesionales que gestionan los diversos archivos dispersos en Euskadi que, como ha ocurrido en otros proyectos remitidos a la Cámara, no han sido tenidas en cuenta por el Gobierno en la fase de exposición pública aunque sí han podido ser atendidas por los Grupos en la Comisión de Cultura, Euskera, Juventud y Deportes.
Antecedentes
La Comunidad Autónoma de Euskadi, a pesar de ser la primera en contar con Estatuto propio que le confiere competencias en materias de archivos, es la única de España que no tiene una ley de archivos y documentos. El marco legal que existe es la Ley  7/1990 de Patrimonio Cultural, que ahora también el Gobierno propone reformar, que abrió la puerta a crear el Archivo Histórico Nacional del Gobierno vasco que no ha servido para articular una política de coordinación entre Departamentos de la Administración pública competentes en materia de archivos y documentos
 
En el desarrollo normativo en la materia, existen dos decretos inconexos:  

Decreto 232/2000,  de  Reglamento  de  los  Servicios  de  Archivo  y  las  normas  reguladoras  del  Patrimonio Documental del País Vasco, del Departamento de Cultura,
Decreto 174/2003, de 22 de julio, de organización y funcionamiento del Sistema de Archivo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi

A la descoordinación que concita las existencia de los dos decretos,  se suma la dispersión de otras leyes (Territorios Históricos, Entidades Locales, Procedimiento Administrativo Común, Protección de Datos, y la de Transparencia estatal, a falta de que haya una norma expresa en Euskadi) que afectan a los archivos y documentos. Todo ello hace necesaria una Ley que clarifique la situación, con un liderazgo efectivo, objetivo que no cumple la propuesta por el Gobierno Vasco.
Sistema Archivístico activo
El proyecto alude en su exposición de motivos a la necesidad de abordar el tratamiento de archivos y documentos desde una nueva mentalidad, dado que se ha venido considerando tradicionalmente en el ordenamiento jurídico desde una perspectiva histórico patrimonial, con un enfoque centrado sólo en la conservación y protección del patrimonio documental, pasando por alto su función social como instrumento activo de información.
Sólo el hecho de que en nuestros archivos se hayan incorporado sistemas mixtos en soportes digital y papel y nuevas tecnologías en el tratamiento de la información, así como que se hayan venido reconociendo una serie de derechos democráticos (transparencia, participación), exige una regulación que haga del sistema archivístico un elemento activo, no un mero contenedor de documentos.
Ello exige que la Administración Pública disponga de un Sistema Archivístico, entendido éste como un conjunto de órganos, archivos y centros que actúan de manera coordinada en la gestión documental, siguiendo los principios de cooperación y colaboración entre los Departamentos o Consejerías competentes en materia de documentos, administración electrónica y política informática.
Pero ese objetivo no se cumple con esta Ley, que ni siquiera determina qué archivos constituyen el Sistema Archivístico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ni atendiendo a su naturaleza jurídica (los de titularidad y gestión del Gobierno y los de titularidad del Estado y gestión del Gobierno), ni en atención a las funciones asignadas en relación con el ciclo vital de los documentos, desde que son generados en las oficinas o unidades administrativas hasta su conservación, si no han sido eliminados previamente, en el archivo histórico.
Esta grave carencia fue puesta de manifiesto por los expertos que han querido comparecer en el Parlamento Vasco, que han lamentado que esta consideración no se haya tenido en cuenta a pesar de haberse incluido en las alegaciones presentadas en la fase de exposición pública. De hecho, el Grupo Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak ha pretendido cubrir esta laguna mediante la inclusión de varias enmiendas al proyecto de Ley de Transparencia, en fase más avanzada de tramitación en esta Cámara para que, aunque sea de manera provisional, no exista este vacío
Tampoco se hace referencia alguna al Decreto 174/2003, ni siquiera al tratar de la creación del Archivo Histórico de Euskadi, que en el Decreto se enumeraba como uno de los archivos del sistema “donde se debe transferir, procedente del Archivo General, la documentación de carácter histórico“. Dicho Decreto no se deroga expresamente en el proyecto, lo que lleva a pensar que el Gobierno, al plantear este texto, deja funcionar dos sistemas de archivos, ambos incompletos, provocando nuevas duplicidades e ineficiencias, que no puede coordinar el Archivo Histórico de Euskadi, debido a la dispersión normativa y competencial
Derecho de acceso
En este proyecto hay una escasa consideración administrativa de los servicios de archivo como herramienta de aseguramiento de los derechos de los ciudadanos, y eficacia administrativa, que son precisamente funciones esenciales de los archivos. 
Una de las razones por las que el Grupo Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak forzó la devolución del proyecto de Ley de Administraciones Públicas en 2015 fue por su falta de ambición para abordar la transparencia activa y radical. Aunque el Gobierno se ha autoenmendado remitiendo otros dos proyectos, aún en fase de tramitación, esa ausencia de convicción sobre los ciudadanos como sujetos de los derechos de transparencia y acceso a la información pública se mantiene en esta norma que pretende regular los archivos.
Así, hay más afán en regular la protección de datos personales que el derecho de acceso básico a los documentos, cuando la protección ya tiene su regulación que no debe suponer nuevas barreras a la voluntad de la ciudadanía de conocer los documentos. Esta cuestión no ha sido prevista, a pesar de que paralelamente se estaba redactando la Ley de Transparencia ahora en tramitación y donde, de cara a buscar el equilibrio entre ambas cuestiones, los socialistas hemos propuesto que sean gestionadas por una única entidad, la Agencia de Protección de Datos y de Transparencia.
A ello se suman las diferentes apreciaciones que se hacen en el texto al “valor permanente” de los documentos que deben formar parte del Patrimonio Cultural protegido, que vincula a la antigüedad (más de 40 años), dejando fuera a otros muchos documentos que se  conservan en archivos pero, especialmente, a otros más recientes en manos de las administraciones públicas
Gestión documental
El texto desconoce que en  muchas  instituciones no  existen siquiera servicios  de  archivo con personal especializado, gestión documental y servicio al público, aunque existan depósitos de documentos, ni tampoco ha habido voluntad de coordinar la información disponible hasta la fecha, por lo que, a la hora de elaborar este proyecto, no existe ni un censo de fondos de archivo ni un mapa de servicios que permitan diseñar una política efectiva.
La gestión documental es el instrumento que articula el tratamiento de todo tipo de archivos mediante procesos reglados aplicados con carácter transversal, y está ligada, por tanto, al control de los documentos en todas las fases de su ciclo vital, desde el archivo de oficina hasta el archivo histórico. Es la forma en la que en se garantiza la identificación, la valoración, la organización, la descripción, la conservación, el acceso y el servicio de los documentos públicos.
Pues bien, siendo como es elemento nuclear para realizar una buena política documental, en este proyecto queda limitada a un único artículo ligado al Sistema de archivos, sin que siquiera se determine quién ni cómo se va a proceder a la evaluación y selección de documentos, que es lo que confiere el valor de documentos permanentes (y por tanto patrimonio documental), y sin declaración de valor permanente no hay patrimonio.
A ello se suma que la Ley prevé obligaciones para los depositarios de documentos considerados patrimonio (archivos de empresas, partidos políticos, sindicatos, medios de comunicación, eclesiásticos) sin establecer el cauce de ayuda y asesoramiento para su correcta conservación y garantías de acceso.
Conclusión
Estamos ante un nuevo proyecto traído sin consensuarlo con los sectores expertos en la materia que, de forma coincidente, han mostrado en el Parlamento las muchas lagunas y carencias que parten de la misma concepción de la Ley, reducida a determinar lo que es Patrimonio Documental sin establecer siquiera un sistema eficaz para evaluar el valor permanente de los documentos, independientemente de su adscripción y marco competencial.
El prurito competencial entre las distintas Administraciones vascas se superpone una vez más como una losa que deja pasar la oportunidad de elaborar una política basada en la eficiencia y, aunque se muestra con voluntad de coordinación, pierde la oportunidad de conseguir una red de sistemas de archivos que coordine todos los sistemas y subsistemas de archivos y unifique las políticas de archivos, de todos, con independencia de su marco competencial, adscripción administrativa o  titularidad. 
Pero el proyecto carece de lo más básico, de un concepto de los archivos y documentos existentes en Euskadi, públicos o privados, en papel o electrónicos, a los que la ciudadanía tiene derecho a acceder sin más límites que los de protección de datos personales establecidos en la legislación vigente. Se trata de amparar los derechos a la información y la transparencia con un sistema eficaz que no se plantea en esta Ley, que requiere una reelaboración integral, por lo que el Grupo Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak solicita su devolución al Gobierno Vasco.

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