Condenado por calumnias el abogado que acusó a Rodolfo Ares de ordenar torturar a detenidos relacionados con ETA
El ex consejero de Interior Rodolfo Ares, satisfecho “porque se ha atajado el intento de ensuciar la imagen de la Ertzaintza”

La magistrada-juez titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Bilbao ha condenado al abogado de presos de ETA Alfonso Zenon Castro por un delito de calumnias con publicidad cometido contra el ex consejero de Interior Rodolfo Ares, a quien acusó de haber ordenado que la Ertzaintza torturara a los detenidos en una operación contra la organización terrorista llevada a cabo en Ondarroa en enero de 2010.
La sentencia considera que los hechos juzgados entran de lleno en el artículo 205 del Código Penal, que describe la calumnia como “la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”. Por ello se condena a Alfonso Zenon a una pena de 18 meses de multa con una cuota de 12 euros diarios, al pago de las costas del proceso y a abonar al denunciante la cantidad de 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Rodolfo Ares ha anunciado que donará esta cantidad a una ONG cuando se confirme su abono.
Así mismo, el ex consejero de Interior ha expresado su satisfacción porque la Justicia haya “ratificado la falsedad y falta de fundamento de las imputaciones que se hicieron contra la Ertzaintza y mi persona”. “Presenté la denuncia porque no podía tolerar que se intentara ensuciar impunemente la imagen y el buen hacer de nuestra Policía, acusándole con falsedad de torturar a personas detenidas”, ha añadido.
Los hechos ahora sentenciados ocurrieron el 8 de febrero de 2010 en una rueda de prensa celebrada en Bilbao por el abogado defensor de presos de ETA Alfonso Zenon, pocos días después de que se produjera en Ondarroa la detención por la policía vasca de varias personas acusadas, entre otras acciones, del atentado cometido por ETA contra la comisaría de la Ertzaintza en la localidad vizcaína. En dicha comparecencia, acompañado de otros letrados y familiares de los detenidos, el abogado ahora condenado afirmó que “la nueva División [Antiterrorista] de la Ertzaintza tortura bajo las órdenes de Ares”, según recogieron, entre otros medios, los diarios Gara y Berria.
Estas afirmaciones llevaron al entonces consejero de Interior a presentar una querella criminal por calumnias contra el letrado, que fue admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao. Ares denunció en aquel momento la falsedad de las acusaciones y aseguró que no iba a tolerar que “nadie pretenda poner en cuestión mi honorabilidad y ensuciar el buen nombre y el buen trabajo de la Ertzaintza”.
Aunque los detenidos presentaron denuncias por malos tratos, estas fueron archivadas por los tribunales, sin que el abogado Alfonso Zenon rectificara sus manifestaciones. Tampoco lo hizo en el juicio oral, celebrado el pasado 5 de febrero.
En la sentencia, la magistrada rechaza las alegaciones realizadas por Alfonso Zenon y establece que el derecho a la libertad de expresión y a la crítica de cargos públicos “no ampara la atribución de concretos hechos delictivos a persona específica, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad, como sucede en el caso presente”.