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El Tribunal Constitucional concede el amparo a la exparlamentaria socialista Irene Novales

"La actuación de la presidencia del Parlamento Vasco supuso, pura y simplemente, lesionar el derecho a votar de la parlamentaria”.

Vitoria

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha fallado a favor del recurso de amparo promovido por el Grupo Socialista, ante la negativa del que fuera presidente del Parlamento Vasco en la pasada legislatura, Juan María Atutxa, a repetir una votación en el Pleno de Presupuestos del 28 de diciembre de 2004, por el fallo técnico que impidió votar a la parlamentaria socialista Irene Novales.

La sentencia del Tribunal Constitucional, que ha contado con un voto particular en su contra, concede el amparo solicitado, al tiempo que reconoce “el derecho de Doña Irene Novales Villa y del Grupo Parlamentario Socialistas Vascos del Parlamento Vasco al ejercicio de sus funciones como parlamentarios en condiciones de igualdad”, tal como se reconoce en el artículo 23.2 de la Constitución Española. Consecuentemente, y con el fin de “restablecer en su derecho” a los afectados, la sentencia decide anular, tanto la decisión del Presidente del Parlamento Vasco de 28 de diciembre de 2004, como la posterior ratificación de la Mesa de esta decisión.

La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional considera “constatada la lesión de los derechos de la señora Novales Villa, del resto de los miembros del Grupo Parlamentario Socialista y del Grupo como tal”; porque “en presencia de la doctrina constitucional… cabe concluir que la actuación de la presidencia del Parlamento Vasco supuso, pura y simplemente, lesionar el derecho a votar de la parlamentaria”.

“No es lógico entender –se explica- que, ante un problema técnico, que puede suceder con mayor o menor frecuencia en ese tipo de sistemas electrónicos y sin que por otra parte haya quedado fehacientemente demostrado que se tratara de una negligencia de la diputada, la única reacción presidencial fuera la negativa a la comprobación de la anomalía en ese momento y a la repetición, en su caso, de la votación controvertida, con las graves consecuencias que ello implicaba para el resultado de la misma y para el conocimiento de la auténtica voluntad de la Cámara en tema tan trascendente para la Comunidad Autónoma del País Vasco como era la aprobación de su Ley de Presupuestos”.

El Grupo Socialista, a través de su Portavoz, José Antonio Pastor, ha acogido con satisfacción la sentencia del Tribunal, “que –según recalca- demuestra la razón que nos asistía cuando planteamos el recurso de amparo, en defensa del derecho al voto de una representante de la voluntad popular, un derecho que había sido quebrantado, que es el más sagrado que tiene un parlamentario y el que tiene que prevalecer por encima de cualquier otra consideración””. “Teníamos razón, igualmente –ha añadido José Antonio Pastor-, cuando afirmamos que el sistema electrónico de votación del Parlamento está para ayudar al parlamentario, y no para arrebatarle el derecho al voto, como ocurrió el 28 de diciembre de 2004”.

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