Artículo 58
El/la Secretario/a General preside los actos del partido, es el portavoz cualificado de la Comisión Ejecutiva, ostenta la representación política del Partido y coordina los trabajos de la Comisión Ejecutiva.
El Secretario de Organización acredita con su firma todos los documentos políticos y orgánicos.
La responsabilidad de la Comisión Ejecutiva es colegiada, lo que no exime a sus miembros de responsabilidades en el desempeño de sus funciones. Las deliberaciones de la Comisión Ejecutiva son reservadas. Se hará constar en el acta de cada reunión los votos particulares que hubiera sobre las decisiones recaídas.
Los y las miembros de la CEE excepto, Secretario/a General, deben desarrollar una dedicación preferente a las tareas de la misma.
Las vacantes de la CEE serán cubiertas `por elección del Comité Nacional, a propuesta de la Secretaría General.
La Comisión Ejecutiva de Euskadi establecerá los acuerdos necesarios con la Comisión Ejecutiva Federal para gestionar las altas y bajas de afiliados/as en las Agrupaciones Locales para su control y tramitación a la Oficina de Censo Federal, así como la entrega de carnets.